Voto por correo

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR EL VOTO POR CORREO DESDE ESPAÑA?

Los electores que prevean que en la fecha de la votación no se hallaran en la localidad donde les corresponde ejercer su derecho de voto, o que no puedan personarse en la Mesa Electoral que les corresponda, pueden emitir su voto par correo acudiendo a cualquier Oficina de Correos y solicitando el impreso.

 

¿CUANDO PUEDES SOLICITAR EL VOTO?

Desde el 24 de Septiembre hasta el 31 de Octubre de 2019 (ambos inclusive).

 

¿COMO PUEDES SOLICITAR EL VOTO?

Deberás acudir personalmente a cualquier Oficina de Correos y formular tu petición al funcionario, al cual deberás mostrar el DNI, pasaporte o carnet de conducir (No sirve fotocopia, ha de ser el original). Para ello deberás rellenar un impreso en el que solicitas un certificado de inscripción en el censo.

 

¿CUANDO TE ENVIARAN LA DOCUMENTACIÓN ELECTORAL?

La Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral te remitirá toda la documentación a partir del 21 de Octubre, por correo certificado al domicilio que hayas indicado (en España). Deberás recibir personalmente esta documentación.

La documentación consta de:

  • Papeletas para el Congreso y el Senado
  • Sobres electorales
  • Certificado de Inscripción en el Censo Electoral
  • Sobre en el que figura la dirección de la mesa electoral en la que le corresponde votar
  • Hoja explicativa con las instrucciones para el depósito del voto. En caso de no encontrarte en el domicilio, to dejaran un aviso en el buzón para que puedas acudir personalmente y con tu DNI a la Oficina de Correos que corresponda.

 

VOTO POR CORREO ASPECTOS IMPORTANTES QUE DEBES RECORDAR

■ NO puedes votar personalmente, en la mesa electoral, aunque hayas solicitado el voto por correo, aunque no to hayas emitido.

■ NO puedes presentar fotocopia del DNI, PASAPORTE o CARNET DE CONDUCIR, para solicitar el voto por correo. Ha de ser el ORIGINAL.

NO OLVIDES introducir el certificado de inscripción en el censo junto con los sobres de votación cuando se envié el sobre facilitado con la dirección de la mesa electoral.

NO CONFUNDAS el certificado de inscripción en el censo, que es el que envía la Delegación del Censo, con la tarjeta censal, que envían a todos los electores, para informar de la mesa donde les corresponde votar. LA TARJETA CENSAL NO TIENE VALIDEZ EN EL VOTO POR CORREO.

NUNCA ENVÍES el sobre de votación par correo ordinario (buzón de correos): SIEMPRE por CORREO CERTIFICADO URGENTE desde cualquier OFICINA DE CORREOS.

El ULTIMO DÍA para solicitar del voto por correo es el 31 de Octubre de 2019.

El ULTIMO DÍA para enviar to voto por correo a la mesa es el 6 Noviembre de 2019.